Los contribuyentes y/o responsables interesados en participar en cualquier licitación y/o contratación con el Estado Nacional, deberán solicitar el “Certificado Fiscal para Contratar”.
Esta solicitud se realiza mediante la presentación, en la dependencia de AFIP en la cual se encuentra inscripto, del formulario F206 (Multinota impositiva), siguiendo los lineamientos establecidos por la Resolución General N° 1.814/2005. Debe adjuntarse a la Multinota “copia de la carátula de un pliego de licitación” vigente a la fecha de la solicitud.
La presentación puede efectuarse a través de un apoderado, adjuntando copia del formulario F3283 de autorización.

El Certificado Fiscal para Contratar, una vez aprobado, tendrá una validez de ciento veinte (120) días corridos contados a partir del día de su emisión, inclusive, y será válido en cualquier procedimiento de selección que celebren los responsables, con los organismos que se mencionan: Estado Nacional, Provincial o Municipal, sus dependencias centralizadas, descentralizadas y entes autárquicos, originados en contratos de suministro de bienes, obras y/o servicios, por montos iguales o superiores a las deudas que mantienen con esta Administración Federal.
Requisitos para la obtención del Certificado Fiscal para Contratar:
- No tener deudas líquidas y exigibles impositivas y/o de los recursos de la seguridad social,
- Haber cumplido con la presentación de las correspondientes declaraciones juradas determinativas,
- No encontrarse suspendidos en el Registro de Importadores y Exportadores de la Dirección General de Aduanas por falta de pago de las obligaciones aduaneras,
- No haber sido condenados, con sentencia firme, por los delitos contemplados en las Leyes No 22.415 y sus modificaciones, No 23.771 y sus modificaciones y No 24.769 y sus modificaciones, según corresponda, por delitos comunes que tengan conexión con el incumplimiento de las obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social o aduaneras -propias o de terceros-, o por delitos en los que se haya dispuesto el procesamiento de funcionarios o ex funcionarios estatales con motivo del ejercicio de sus funciones,
- Haber solicitado su incorporación al régimen especial para la emisión y almacenamiento electrónico de comprobantes originales.
Cuando la solicitud se presente por una persona jurídica, estos requisitos deben ser cumplidos tanto por la sociedad solicitante como por su presidente o representante legal, en cuyo caso se exige, además que no en el Régimen de Autónomos.
Al momento de la presentación de la solicitud, se constatará si la persona física/jurídica ha cumplido con la obligación de denunciar su domicilio fiscal. De comprobarse inconsistencias, se procederá a rechazar la presentación.
En caso de poseer certificados vigentes, se podrá solicitar el otorgamiento de uno nuevo con una antelación de quince (15) días hábiles administrativos a su vencimiento, en cuyo caso informarán los datos del último certificado extendido, indicando la dependencia de este Organismo que lo otorgó, el número del certificado, la fecha de su emisión y la fecha en que expira su validez.
Debe tenerse en cuenta que, quienes posean créditos líquidos, exigibles y de plazo de pago vencido contra el Estado, deberán adjuntar a la nota de solicitud, una constancia emitida por la autoridad competente del Estado Nacional, Provincial o Municipal, según corresponda, en la que conste el importe del crédito a su favor, conforme al modelo establecido: